SANTO DOMINGO.-El Ministerio Público sometió a la justicia y solicitó prisión preventiva en contra del psicólogo escolar Aníbal José de la Rosa Peguero, imputado de agresión sexual, verbal y psicológica contra unas seis menores de edad, de diferentes centros educativos de Dajabón.
En la instancia depositada en la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Dajabón, se solicita que se imponga la medida de coerción privativa de libertad para garantizar su presencia en todos los actos del procedimiento.
Con relación al caso, el órgano persecutor establece que recibió la denuncia de los hechos por parte del personal de una de las escuelas donde labora el imputado, mediante la cual se estableció que este había incurrido en faltas graves en perjuicio de las niñas, de entre 8 y 10 años de edad (nombres omitidos por razones legales), en varias escuelas donde se desempeña como docente.
En la denuncia se establece que el psicólogo, hoy procesado, tocaba a las niñas en diferentes partes del cuerpo, además de que le mostraba vídeos pornográficos y las acosaba, agrediéndolas verbal y psicológicamente.
A De la Rosa Peguero también se le atribuye encerrarse con las estudiantes en un cuarto destinado a la realización de los trabajos de psicología y los expedientes de cada niño y niña.
El imputado, de acuerdo con la instancia, luego de cometer los hechos, amenazaba a las víctimas para que no contaran lo sucedido ni en la escuela ni a sus familiares.
La solicitud de medida de coerción fue sustentada con diferentes evidencias documentales y testimoniales, suficientes, para obtener la prisión preventiva en contra del imputado, quien se encuentra detenido en esta provincia hasta que se le conozca la medida de coerción.
La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Dajabón aplazó para el próximo miércoles, 6 de marzo, la audiencia para el conocimiento de la solicitud de medida de coerción, a fin de darle tiempo a los abogados del imputado para preparar sus medios de defensa.
El profesional de la psicología, enfrenta cargos por violación a las disposiciones de los artículos 330 y 333, letra F, del Código Penal Dominicano, y el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).