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LMD reconoce potestad de Distritos Municipales para Oficinas de Planeamiento Urbano

by Deyanira Luciano
junio 24, 2025
in Nacionales, Portada
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LMD reconoce potestad de Distritos Municipales para Oficinas de Planeamiento Urbano
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SANTO DOMINGO.- La Liga Municipal Dominicana (LMD) emitió la Resolución No. 02-2025, en la que reconoce la potestad de los distritos municipales para establecer Oficinas de Planeamiento Urbano, tal como dispone la Ley 368-22 de Ordenamiento Territorial y la Constitución dominicana.

El organismo pide al Ministerio de la Vivienda y Edificaciones (Mived) aplicar esta disposición legal, especialmente en territorios con más de 15,000 habitantes.

El artículo 24 de la ley 368-22 establece que los gobiernos locales con una población mayor a 15 mil habitantes, según el censo de 2010, pueden gestionar y autorizar el uso de suelo a través de estas Oficinas de Planeamiento Urbano, en coordinación con el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD); sin embargo, persiste una limitación para que estos distritos establezcan tasas o arbitrios propios, debiendo aplicar provisionalmente los establecidos por el municipio al que pertenecen.

La Liga Municipal Dominicana (LMD) emitió el pasado 28 de marzo de 2025 la Resolución No. 02-2025, firmada por su secretario general y presidente del Comité Ejecutivo, Víctor D’Aza, en la que reconoce la potestad de los distritos municipales para establecer Oficinas de Planeamiento Urbano, conforme a la Ley 368-22 de Ordenamiento Territorial y la Constitución dominicana.

También exhortó a contratar personal técnico calificado y reconoció la facultad de los consejos de regidores para establecer arbitrios relacionados al uso del suelo, mientras los distritos siguen dependiendo de las tasas del municipio matriz.

En ese contexto, Pedro Richardson, director ejecutivo de la Federación Dominicana de Distritos Municipales (FEDODIM), recordó: “llevamos tres años reclamando al MIVED el cumplimiento de la Ley 368-22, mientras su ministro continúa violando su artículo 24, que otorga a los gobiernos locales capacidad para autorizar el uso del suelo mediante estas oficinas”.

Entre los distritos municipales que cumplen con el criterio de población para establecer estas oficinas se encuentran Santiago Oeste, San Francisco de Jacagua y Hato del Yaque, en Santiago; San Luis en Santo Domingo Este; Doña Ana en Yaguate; Los Botados en Yamasá; La Guayiga, en Pedro Brand; Pantoja y Palmarejo-Villa Linda, en Los Alcarrizos; La Caleta, en Boca Chica; La Victoria, en Santo Domingo Norte.

También cumplen con el criterio La Otra Banda y Verón Punta Cana, en Higüey; Hato Dama y Hatillo, en San Cristóbal; Quita Sueño y El Carril, en Haina; Villa Central, en Barahona; Juma Bejucal, en Bonao; Río Verde Arriba, en La Vega; Tireo en Constanza; Las Lagunas, en Moca; Veragua, en Gaspar Hernández; Las Gordas, en Nagua y Maimón, en Puerto Plata.

Finalmente la Resolución 02-2025 del Comité Ejecutivo de la Liga Municipal integrado por un alcalde de cada una de las 31 provincias y el D.N., así como el presidente de FEDODIM, solicitó a su secretario general gestionar ante el Congreso la elevación de estos distritos a la categoría de municipio, y a su Dirección de Planeamiento Urbano dar seguimiento técnico, presentando informes trimestrales sobre el avance de estas oficinas.

 

Tags: Distritos MunicipalesLMDReconoceresolucion
Deyanira Luciano

Deyanira Luciano

Egresada de la carrera de licenciatura en Comunicación Social Mención Periodismo de la UASD, periodista de Despierta RD, editora internacional en Noticentro.

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