SANTO DOMINGO.-El juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Napoleón Estévez Lavandier, envió a juicio de fondo a la diputada Rosa Amalia Pilarte, acusada de lavado de activos a través de actividades provenientes del narcotráfico.
El magistrado además rechazó imponer medida de coerción y dispuso la devolución de su pasaporte incautado durante allanamiento.
Durante la audiencia, la diputada acusó al Ministerio Público de narrar una historia que "no se corresponde con la realidad", tras acusarla de haber colocado en el sistema financiero más de 4 mil millones de pesos producto del lavado de activos.
Acusación en su contra
Según la instancia del Ministerio Público, Rosa Pilarte se prestó para colocar en el mercado financiero más de 2,593 millones de pesos provenientes de actividades de narcotráfico de la red que encabeza su pareja y “no puede justificar la integración a la economía dominicana de esa cantidad de dinero”.
Resalta que el máximo salario que ha tenido la imputada por su trabajo de odontóloga en el Servicio Nacional de Salud (SNS) es de $36,120. También percibe RD$30,000 a través de la compañía Servi Crédito Gloria Ivette, empresa fachada en la que figuran como accionistas López Florencio y el hijo de ambos, Miguel Arturo López Pilarte, también imputado por este caso.
En la calificación jurídica preliminar, el MP le atribuye a la diputada Rosa Amalia Pilarte López violación a la Ley 155-17, Sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo en República Dominicana, en el artículo 3, numerales 1, 2 y 3, y los artículos 6 y 9, numerales 1 y 2. También los artículos 3, 7, 8, 18, 19 y 21 de la Ley 72-02, Sobre Lavado de Activos, modificada por la 155-17.
Le imputa infringir la Ley 11-92, Sobre Régimen Tributario, en los artículos 10 y 11, literal B; el 204, numeral 1, y 222, numerales 4 y 6, así como los artículos del 232 al 236 y el 237, numeral 1. Continúa con el 238, numerales 2, 3 y 4, y el 239, párrafo III, numeral 2.
Finalmente, la acusa de violar la Ley Monetaria y Financiera (183-02), en el artículo 3 y el 68, numerales 1 y 10; el 70, literal A, numeral 1, y el 86, literal A.