SANTO DOMINGO, RD.- El presidente de la República Dominicana, Luis Abinader, a través del decreto No. 2-21, autorizó este martes a las iglesias de las distintas denominaciones a celebrar sus actividades, esto acogiéndose a los horarios y al protocolo establecido por las autoridades para prevenir el contagio del COVID-19.
El articulo uno del citado acto administrativo deroga el artículo 10 del Decreto No. 740-20 del 30 de diciembre de 2020, que dispone el cese de actividades de las diferentes iglesias.
Esta ordenanza llega siete días después de que el ejecutivo haya ampliado las horas en que rige el toque de queda.