SANTO DOMINGO. – El especialista en derecho empresarial, Francisco Manzano, detalló algunos de los elementos que trae el nuevo Código Penal, mediante los cuales se busca prevenir casos de corrupción en las instituciones del Estado.
Entrevistado en un espacio de radio Manzano detalló que la nueva legislación establece que todas las empresas que liciten con el Estado deberán tener un programa de cumplimiento, donde se prevenga el riesgo de ilícitos.
“Todas las empresas ahora tienen que tener un programa de cumplimiento (…) lo dice el Código Penal, no es una palabra americana, no es una palabra nueva. Es que usted tiene que hacer un mapa de riesgo de ilícitos”, explicó Manzano.
En ese sentido, el jurista precisó que el nuevo Código Penal introduce en la jurisdicción nacional los focos de peligros, que servirán para prevenir las eventuales sanciones penales.
“Si usted licita en el Estado, usted va a tener que hacer un mapa y va a establecer cuáles son los delitos que se tienen: soborno, cohecho, falsedad de documentos. Va a tener que hacer un mapa”, reiteró el togado.
De acuerdo con Manzano, dentro del mencionado mapa, las empresas deberán establecer cuáles son los empleados que más cerca estén de las prácticas y trabajos, a los fines de evitar irregularidades.
En ese tenor, sostuvo que con el esquema ya quedará en el pasado el hecho de que algunas empresas que licitan con el Estado desconocen qué persona cometió la falta, agregando que, ante cualquier situación de malversación, siempre se verificará que se haya ejecutado el programa de cumplimiento.
Otra de las novedades que según el especialista traerá el recién aprobado Código Penal es que, en su entrada en vigencia, es que las personas morales, es decir las empresas, van a ser responsables de las acciones delictivas cometidas.
Agregó que la mencionada normativa también contempla que en una eventual disolución o fusión de la empresa que haya malversado, para los fines judiciales se mantendrá la personería jurídica.
*Sanciones penales del nuevo CP para empresas*
El especialista detalló que el Código Penal contempla sanciones leves, graves y muy graves para empresas que incurran en violaciones en sus procesos de licitación, pudiendo incluso hasta ser disueltas.
“La más grave de todas es la disolución. Las graves, van a ser las multas, la confiscación de los bienes objetos del delito, pero también la revocación temporal o definitiva del objeto en el cual participe”, alertó.
Manzano también abordó acerca de los tipos de empresas o sociedades comerciales y su funcionamiento, argumentando sobre su responsabilidad dentro del marco jurídico dominicano.