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TC anula decreto que regulaba la venta de alcohol y elimina los horarios establecidos

by Deyanira Luciano
julio 29, 2026
in Nacionales, Portada
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TC anula decreto que regulaba la venta de alcohol y elimina los horarios establecidos
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SANTO DOMINGO.-El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional el Decreto 308-06, emitido en julio del 2006 por el entonces presidente Leonel Fernández, para restringir los horarios de expendio de bebidas alcohólicas en colmados, bares, discotecas, casinos y otros centros de diversión, al considerar que esa regulación permanente solo puede establecerse mediante una ley aprobada por el Congreso Nacional.

La decisión fue adoptada al acoger una acción directa de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano Víctor Eddy Mateo Vásquez, quien alegó que el decreto vulneraba derechos y principios constitucionales al imponer limitaciones mediante una disposición administrativa y no a través de una norma con rango de ley.

En su análisis, el TC reconoció que el objetivo del decreto —preservar el orden público y la seguridad ciudadana mediante la regulación del expendio de alcohol— es constitucionalmente legítimo. Sin embargo, concluyó que la medida perdió validez con la entrada en vigor de la Constitución de 2010, que reforzó el principio de reserva de ley para regular restricciones relacionadas con derechos fundamentales y actividades de impacto social.

El tribunal sostuvo que, aunque el presidente de la República tiene facultades para dictar decretos, estas no pueden utilizarse para establecer restricciones generales e indefinidas en el tiempo. Indicó que ese tipo de limitaciones deben ser aprobadas por el Poder Legislativo mediante una ley, especialmente cuando regulan de forma permanente el ejercicio de actividades económicas.

Asimismo, la sentencia señala que el decreto superaba los dos primeros elementos del test de razonabilidad, al perseguir un fin legítimo y utilizar un medio idóneo, pero fallaba en el tercero, al no demostrar una relación proporcional entre la restricción impuesta y el objetivo perseguido. El TC enfatizó que la medida se mantuvo vigente de forma indefinida por más de dos décadas, sin establecer un plazo de duración ni justificar la permanencia de la limitación.

La alta corte precisó, no obstante, que el Poder Ejecutivo conserva la facultad de emitir decretos que restrinjan temporalmente el expendio de bebidas alcohólicas cuando existan circunstancias concretas que lo justifiquen, como operativos especiales, festividades nacionales, Semana Santa, Navidad u otros eventos específicos. Lo que consideró inconstitucional fue la imposición de una restricción abierta e indefinida mediante un decreto.

Durante el proceso, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo respaldó la acción de inconstitucionalidad y solicitó al TC exhortar al Congreso Nacional a aprobar una ley que regule integralmente el expendio y consumo de bebidas alcohólicas. En cambio, la Procuraduría General de la República pidió rechazar la acción, al sostener que el decreto constituía una medida legítima, razonable y proporcional para proteger el orden público.

Tags: AnulaHORARIOSTCventa de alcohol
Deyanira Luciano

Deyanira Luciano

Egresada de la carrera de licenciatura en Comunicación Social Mención Periodismo de la UASD, periodista de Despierta RD, editora internacional en Noticentro.

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