SANTO DOMINGO.- El Ministerio Público de Santo Oeste presentó tres nuevas acusaciones en contra del imputado Johan Manuel Castillo Ortega, quien, hasta el momento de su arresto, actuaba como pastor de una iglesia en la localidad de Los Alcarrizos.
Según el primer relato de una de las supuestas víctimas de 12 años del pastor Johan Manuel Castillo Ortega precisa que, cuando ella tenía ocho años, el imputado la agredía sexualmente, al tocarla con sus manos, en su parte intima. En su declaración la adolescente asegura que no había denunciado porque le daba vergüenza.
La menor indicó que Castillo Ortega aprovechaba los momentos en que iba a su casa a jugar con una de sus hijas y, allí, la manoseaba, por sus partes íntimas, la vagina y glúteos.
Asegura que el hecho ocurrió varias veces, y que en una ocasión este le mostró su pene, pero que ella se salió hacia el balcón de la vivienda.
Según el primer relato de una de las supuestas víctimas de 17 años, señaló que Ortega aprovechaba para tocar sus partes íntimas en los pasillos de la iglesia donde no hay cámara que pudieran captar el hecho.
Dijo que todo inició cuando ella tenía 12 años y, que este se aprovechaba momentos antes de iniciar el culto y cuando asistía a ensayos de danza.
En tanto que, Doraliza Suero Farías, quien actualmente es mayor de edad, denunció que cuando tenía siete años de edad, este la acosaba, y que le sacaba su pene a las niñas, y se masturbaba delante de ella, a cambio de chocolates, para que no dijeran nada.
En la especie de dicho proceso, el Ministerio Público solicita que se fusione el caso con el proceso que se le sigue al imputado Johan Manuel Castillo Ortega, así como la declaratoria de complejidad, en virtud de lo establecido en el artículo 369 del Código Procesal Penal, en vista de la pluralidad de víctimas y la información de que existen otras víctimas pendientes de denunciar.
El Ministerio Público le ha otorgado al presente hecho la calificación jurídica de violación de los artículos 330 y 333 del Código Penal Dominicano y 12, 18, 396, literales B y C, de la Ley 136-03 del Código del Menor.