SANTO DOMINGO.-La Junta Central Electoral (JCE) sigue en su misión de reiterar a la ciudadanía varias disposiciones que establece la Ley No. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral para la celebración de las Elecciones Ordinarias Generales Presidenciales y Congresuales del 19 de mayo, entre las que prohíbe la venta de alcohol desde 24 horas antes de los comicios.
La disposición estipula que desde las 7:00 a. m. del sábado 18 de mayo de 2024, no podrá expenderse ni distribuirse a ningún título bebidas alcohólicas, hasta doce horas después de terminada la votación, es decir, hasta las 5:00 a. m. del lunes 20 de mayo de 2024.
Otras acciones que se estipula es que el día de las elecciones se declara no laborable en todo el país, según lo estipulado en el artículo 229 de la mencionada ley.
Se exceptúan de las disposiciones de este artículo, aquellas instituciones hoteleras que se encuentran ubicadas en las zonas turísticas, así como también en otras localidades del país.
De igual forma queda prohibido realizar actividades de proselitismo, espectáculos públicos, reuniones políticas o propaganda electoral por medios de comunicación, como prensa, radio, televisión y otros medios.