SANTO DOMINGO.- La Primera Sala del Trubunal Superior Administrativo (TSA), acogió parcialmente la demanda interpuesta a favor de un menor, tras ordenar su readmisión en el Colegio Coral Morgan School, luego que la Procuraduría General de la República(PGR), en la gestión de Jean Alain Rodríguez impidiera su reinscripción, bajo el alegato de una investigación contra sus padres.
Mediante su decisión numero 0030- 02 -2023- SSEN- 00726 de fecha 31 de octubre de 2023, el TSA declaró la nulidad de las comunicaciones de fecha 20 de febrero 2019 y 17 de abril 2019, emitidas por el Ministerio Público ordenando al Colegio Carol Morgan School no aceptar la re-matriculación del menor para el período escolar 2019-2020 ni aceptar pagos relacionados con ese objetivo, por considerarlas ilegales, arbitrarias y violatorias de derechos y garantías fundamentales, como el derecho a la educación y el interés superior del niño.
En ese sentido, la sentencia ordena al Ministerio Público y la Procuraduría General de la República realizar todas las medidas necesarias a fin de que el menor de edad sea admitido al centro educativo Carol Morgan School.
Como consecuencia, la decisión el TSA expresa que la no reinscripción del menor de edad constituye en sí misma una sanción que produce sus efectos contra su desarrollo armónico integral que consagra el Artículo 56 de la Constitución de la República.
En otro orden, el TSA rechazó la petición de que condenaría al Ministerio Público al pago de una indemnización a favor del menor, tras considerar que no hicieron constar en el expediente algun documento sobre “la actuación antijurídica por parte de la administración” ni que esta causara los daños que se piden reparar. Empero, los tutores del niño entienden que la referida sentencia además debería considerar “la pretensión indemnizatoria” ante los daños y perjuicios psicológicos y emocionales al que ha sido sometido su hijo, luego de la exclusión en el colegio, según expresaron.
Respecto al tema en el año 2021 la actual procuradora general de la República, doctora Miriam Germán se había pronunciado sobre las indicadas actuaciones de ese órgano de la gestión de su antecesor, dejándolas sin efecto por consideradas contrarias a la Constitución y a los derechos del menor y, en ese mismo año el Tribunal Constitucional de la Républica dictó la sentencia TC 0239/21, mediante la cual se refirió al caso del menor Jean Cristian, acogiéndose un recurso de amparo interpuesto por sus padres y ordenando por igual la readmisión de este en el colegio y declarando la nulidad de las indicadas actuaciones del Ministerio Público.