Santo Domingo. – La Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional declaró este miércoles inadmisible el recurso de apelación incoado contra la resolución que homologa el acuerdo suscrito entre la Procuraduría General de la República y la empresa brasileña Odebrecht.
La decisión de la corte de apelación estuvo basada en varios artículos de la Constitución de la República, la citada Ley 448-06, y el Código Procesal Penal Dominicano, así como en resoluciones de la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal Constitucional y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El recurso fue interpuesto por Manuel de Jesús Jiménez Ortega, a través de sus representantes legales en contra de la resolución del Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fue declarado inadmisible por no ser la decisión impugnada susceptible de recurso de apelación.
El acuerdo de la Procuraduría General con la constructora establece que esa empresa debe contribuir con la investigación que se lleva a cabo en el país con relación a este caso y el pago de US$184 millones como indemnización a favor del Estado dominicano por la comisión del ilícito penal de soborno, contemplado en la Ley 448-06 sobre Soborno en el Comercio y la Inversión.