Santo Domingo .- El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional aplazó para el próximo 25 de julio la audiencia de nuevo juicio que se le sigue a los imputados Winston Rizik Rodríguez (El Gallero) y a su hermano Nelson Rizik Delgado.
A través de un comunicado de prensa, la Procuraduría informó que ambos son acusados de incurrir en delitos de narcotráfico, lavado de activos y porte ilegal de armas de fuego.
La audiencia fue aplazada porque los abogados del imputado Winston Rizik, quienes fueron debidamente citados en tiempo hábil, no se presentaron a la sala de audiencia a representar a su defendido, sin ningún tipo de excusa ni pretexto.
El tribunal, acogiendo una solicitud que hizo el Ministerio Público, a través de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, otorgó conforme a la norma procesal cinco días de plazo,
Esto para que el imputado constituya nuevos abogados, y de no hacerlo en ese plazo se solicitará que le sea asignado un defensor público.
En la audiencia fijada para el martes 25 de julio se continuará con el conocimiento de la acusación presentada por el Ministerio Público en contra de los imputados, la cual había sido acogida anteriormente por el Juzgado de la Instrucción de Monte Plata.
Se recuerda que el Tribunal Colegiado de Monte Plata condenó el año pasado por este caso a Winston Rizik Rodríguez (recluido en un centro penitenciario de La Vega) a 10 años de prisión y a su hermano Nelson Rizik Delgado a cinco años de prisión suspendida.
Esto bajo las condiciones de firmar el libro de control ante el juez de Ejecución de la Pena y no portar armas de fuego, sentencia que fue anulada por los jueces de la Primera Sala de la Corte de Apelación de Santo Domingo, quienes ordenaron la celebración de un nuevo juicio.
Asimismo, ordenó el decomiso de las armas ocupadas y los bienes millonarios que fueron incautados en diferentes operaciones durante el proceso de investigación.
El Tribunal Colegiado de Monte Plata en su sentencia declaró a los imputados culpables de la violación de los artículos 5, letra A, y 75 párrafo II, de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas.
Al igual que artículo 3 letras A, B, 8 letra B, artículos 18, 21 y 26 de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos provenientes del Narcotráfico, y los artículos 39 y 40 de la antigua Ley 36 sobre Comercio, Porte y Tenencia de Armas.