SANTO DOMINGO.-El Tribunal Colegiado de San Cristóbal impuso 30 años de prisión a un hombre hallado culpable de asesinar a su expareja, quien al momento en que ocurrió el caso se encontraba en estado de gestación.
Se trata de José Osvaldo Cuevas, alias "El Compa", quien cometió el asesinato de su expareja Eduarda Díaz Guzmán con un embarazo de 4 meses, en mayo de 2024, luego de que la amenazara de muerte en varias ocasiones.
El condenado deberá cumplir la medida en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, San Cristóbal.
Según establece el expediente acusatorio, Cuevas mató a la mujer y después descuartizó su cuerpo. Detalla, que luego de cometer el crimen, el ahora condenado se presentó ante la Policía Nacional el viernes 24 de mayo del año 2024, alrededor de las 10:30 de la noche, donde confesó los hechos.
A los restos les fue practicada la autopsia correspondiente, estableciéndose el caso como una muerte violenta de etiología médico-legal homicida. En el proceso no se pudo determinar qué utilizó el procesado para cometer el crimen, el mecanismo de la muerte ni la causa, debido al estado del cuerpo.
Parte de los restos fueron encontrados por las autoridades el 25 de mayo de 2025 dentro de una funda negra tirada en un monte cerca de donde residía el victimario en el sector La Conga de Ingenio Nuevo, de la provincia de San Cristóbal. Después, al día siguiente, el 26 de mayo, los investigadores, una unidad canina y un médico forense en la continuación de la búsqueda hallaron otras partes del cuerpo en lugares próximos.
Mediante la denuncia se estableció que Cuevas había secuestrado a la mujer alrededor de las 9:32 de la noche del 23 de mayo de 2024 en momentos en que la víctima se dirigía a su lugar de trabajo en un hospital de San Cristóbal, al cual no llegó.
La investigación del caso estuvo a cargo de la fiscal Ingris M. Guerrero, mientras que en la litigación el Ministerio Público estuvo representado por el fiscal Daryl Montes de Oca.
Los jueces Rosa Edalia Mateo, Ana Inés Susana y Chadalis E. Rosario dictaron la sentencia condenatoria y
Cuevas fue condenado al establecer el Ministerio Público que violó las disposiciones contenidas en los artículos 295, 296, 297, 298 y 304, párrafo II, del Código Penal.